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por Arcangeltsk » Dom Dic 04, 2011 9:48 am
MSI_GT660 escribió:Lo unico nuevo que aprendi en este thread, es de que , gritastes a los 4 vientos que eres un abogado o parqueas con bukos abogados.
1- No jamás he parkeado con esa gente, pero en la red encuentras lo que sea, así evitas que te tranzen, a veces le echamos la culpa de todo al gobierno, pero ellos no son los malos, nosotros somos lo pendejos pues ahí están las leyes, pero por flojera no leemos y a la postre no sabemos que hacer. Como se observa en el artículo ... el 4 de noviembre no forma parte de los dias de fiesta o duelo nacional, por lo tanto ellos pueden laborar ese día. Pero en tu comentario inicial decía que podías ponerlos a tus empleados a trabajar horas extras para cubrir el feriado, haciendo alución al no pago de dicho día. Obviamente lo que puedes hacer cubir el trabajo que se va a dejar de hacer el día de fiesta trabajando horas extraordinarias antes o despues del o los feriados, pero el pago del ... horas es obligatorio.
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por MSI_GT660 » Dom Dic 04, 2011 11:31 am
OK, entonces para no confundir mas a los foristas, estandaricemos las frases.
Yo manejo las frases: Día nacional: libre para gobierno y empresa privada Día feriado: libre solo para el gobierno
Tus frases son: Día de fiesta nacional: libre para gobierno y empresa privada. No se como le llamas a los días como por ejemplo el 4 de noviembre, que es un día libre para el gobierno y no para la empresa privada.
Por otro lado cuando hablo de trabajar horas extras para reponer el día FERIADO que se concedió libre, no es una imposición de la empresa, por lo general la empresa pide llegar a ese acuerdo, en donde los empleados tienen todo el derecho de canjear ese día que no es libre, a cambio de horas extras en los siguientes días o incluso hasta se cobra por adelantado, o de rechazar la propuesta, en este caso la empresa es la que esta en posición de negociar pero los empleados son los que están en posición de aceptar o rechazar, obvio que si rechazan tienen que ir a trabajar ese día feriado, estos son acuerdos que no están legislados por la ley, son acuerdos internos entre los empleados y la empresa.
Y es sabido que esta es una practica también realizada en varias áreas del gobierno, por ejemplo, el lunes de carnaval lo dan libre a cambio de que el empleado se quede una hora mas durante 8 días, esta horario se puede proponer después del lunes carnaval concedido, o puede ser cobrado antes de llegar a ese lunes carnaval, por lo general lo cobran antes porque sino después todos se hacen los locos y no pagan ese día CONCEDIDO
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por Arcangeltsk » Dom Dic 04, 2011 3:46 pm
MSI_GT660 escribió:Tus frases son: No se como le llamas a los días como por ejemplo el 4 de noviembre, que es un día libre para el gobierno y no para la empresa privada.
Quien te dijo que no se: Artículo 45. El descanso en días de fiesta o duelo nacional, y de duelo nacional decretado por el órgano ejecutivo, se remunerará como jornada ordinaria de trabajo. Tu lo haz dicho acuerdos entre el empleado y el empleador, bajo la cuerda (fuera de la ley), si a mi me la proponen le digo al jefe ok yo te trabajo esas horas extras x mi día + 50% para adelantar el trabajo, pero mi día de fiesta me lo pagas por su 150% de mi día de trabajo. Si quieres que te trabaje ese día tampoco tengo problema, es mas actualmente lo hago. De aceptar la propuesta que mencionas el empleador saldía ganando pues se quedaría con el pago del 100% de mi salario por el feriado (correspondiente a los 150). Pero en el caso inicial no se menciona nada de esto, no me devíe el tema.
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